Qué es el Depósito Legal

Como algunos nos habéis preguntado por este tema, hemos preferido publicar un artículo sobre ello.

El Depósito Legal es una obligación administrativa que exige depositar en diferentes agencias específicas cinco ejemplares de las publicaciones de todo tipo que hayan sido reproducidas en cualquier soporte a través de cualquier procedimiento para distribución pública, alquiler o venta. Actualmente, los que están obligados a efectuar el Depósito Legal en España son los impresores o productores de las publicaciones.

El Depósito Legal cumple una serie de objetivos:

  • La recopilación y preservación de una colección nacional de materiales bibliográficos de todo tipo.
  • La redacción y publicación de la bibliografía nacional.
  • El control estadístico de la producción editorial.
  • La constitución de colecciones bibliográficas regionales o locales.

El Depósito Legal tiene su origen en la Real Cédula del 15 de octubre de 1726, por la que Felipe V concedió a la Biblioteca Real el privilegio de recibir un ejemplar de todos aquellos libros y papeles que se imprimiesen. Esta orden se siguió reiterando y confirmando en años posteriores por el tema de la censura. Así, en 1761 se insiste en que los impresores deben entregar un ejemplar de todo lo que impriman antes de poner en venta la obra.

En el año 1938 se incluye entre el material que debe entregarse las reproducciones fotográficas, obras cinematográficas y piezas de gramófono, y en 1945 ingresan en la Biblioteca Nacional los primeros discos, procedentes de Vitoria.

En la actualidad, el Depósito Legal se rige en lo referente al Estado por las Órdenes del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de octubre de 1971 (BOE n. 276, de 18.11.71) y de 20 de febrero de 1973 (BOE n. 54 de 3.3.73). Como consecuencia de la constitución del Estado de las Autonomías y de la transferencia de competencias a las mismas, han sido varias las Comunidades Autónomas que han desarrollado, sobre la base de las Órdenes citadas, Órdenes y Decretos sobre el Depósito Legal de aplicación a su ámbito territorial.

La Biblioteca Nacional, así como las otras bibliotecas depositarias (bibliotecas públicas del Estado y bibliotecas autonómicas), reciben los materiales bibliográficos que se depositan en las 55 oficinas que gestionan el Depósito Legal.
A través de este procedimiento se reciben todo tipo de documentos impresos o producidos en España. Así, junto a los libros, folletos, hojas, postales, carteles, trípticos, periódicos, revistas, mapas y partituras, ingresan vídeos analógicos, CD audio, disquetes, CD-ROM, DVD-ROM, DVD-vídeo…

  • Libros, cualquiera que sea su contenido y forma de impresión y estén o no destinados a la venta
  • Folletos (escritos que tengan entre 4 y 50 páginas)
  • Hojas impresas con fines de difusión que no constituyan propaganda esencialmente comercial
  • Publicaciones periódicas (revistas y diarios)
  • Partituras
  • Grabados (láminas sueltas, láminas en calendario, estampas, cromos, tarjetas de Navidad, anuncios artísticos)
  • Mapas y planos
  • Carteles anunciadores, siempre que lleven grabados artísticos, bandos y edictos
  • Naipes
  • Diapositivas
  • Impresiones o grabaciones sonoras realizadas por cualquier procedimiento o sistema empleado en la actualidad o en el futuro
  • Producciones cinematográficas, tanto de tipo argumental como documental.
  • Nuevos soportes (CD audio, disquetes, CD-ROM, DVD, publicaciones mixtas constituidas por distintos tipos de materiales bibliográficos, por ejemplo, libro, vídeo y CD…).

En Bubok ofreceremos el servicio de conseguir el ISBN y el Depósito Legal, aunque no será obligatorio tramitarlo a través de Bubok para aquellos que ya hayan realizado los trámites directamente con las agencias correspondientes.

Os recomendamos también leer el artículo sobre qué es el ISBN.

5 Respuestas a “Qué es el Depósito Legal”

  1. Pedro Robledo (#3) Dice:

    Muy buen artículo. Tanto verlo en tantos sitios y no saber qué era exactamente… Muchas gracias por el esfuerzo.

    Un saludo!

  2. Francisco J. Arnaiz Dice:

    Pedro, lo de muy buen artículo no pasa de ser una opinión discutible.
    Si no sabías lo que era despues de verlo en tantos sitios es porque no te has tomado muchas molestias. Si se lo huibieras peguntado a Google, por ejemplo, enseguida hubieras encontrado enlaces como:
    http://www.bne.es/esp/bne/depositolegal.htm
    Lo aquí publicado no es sino una copia, a mi modo de ver flojilla porque no tiene ni un enlace con las direcciones provincinciales donde gestionarlo, de lo que allí puedes encontrar.
    O sea que el esfuerzo yo creo que no ha sido para reventar.
    Pero como implica algún esfuerzo, lo reconozco y lo agradezco en lo que vale.

  3. bubok Dice:

    Gracias Francisco, el objetivo de Bubok con estos post es facilitar el conocimiento de cosas a la gente, no hacer un gran esfuerzo en detallar toda la informaciónk sino en que sea útil

  4. hommer Dice:

    No me queda claro. Supongamos que yo imprimo un libro en Bubok y que NO QUIERO tener ISBN ni que haya una copia del libro en la Biblioteca Nacional ni historias y simplemente lo quiero vender en mi página web mediante Paypal, o regalárselo a mis amigos.

    Para proteger mis derechos de autor lo registro en http://www.safecreative.org/, http://www.yosoyautor.org/, archive.org o similares.

    ¿Tengo que gastarme dinero en hacer 5 copias más?

  5. bubok Dice:

    hola hommer, si no quieres ISBN ni Deposito Legal, también lo puedes tener en Bubok sin ningún problema y no tendrás que pagar esas 5 copias.

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